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Establecen requisitos para el pastoreo cordillerano en la Región Metropolitana

dc.date.accessioned2019-10-15T19:46:42Z
dc.date.available2019-10-15T19:46:42Z
dc.date.issued2001-10-17
dc.identifier.urihttps://hdl.handle.net/20.500.12650/9226
dc.description.abstractLa Resolución Exenta N° 1.538 de la Dirección Regional del SAG de la Región Metropolitana, publicada en el Diario Oficial el 11 de octubre de 2001, establece requisitos para el uso de campos de pastoreo de alta cordillera en la Región Metropolitana. Estos campos deben contar con corrales y mangas para el manejo del ganado y un número de cuidadores suficiente. Es necesario contar con la autorización expresa del SAG para el traslado de ganado a tales campos y para el retorno de los mismos.
dc.titleEstablecen requisitos para el pastoreo cordillerano en la Región Metropolitana
dc.contributor.institucionalMoya, Juan Enrique
dc.subject.categoriaNoticias institucionales
dc.subject.categoriaCarnes
dc.title.originalEstablecen requisitos para el pastoreo cordillerano en la Región Metropolitana
dc.uri.originalhttp://www.odepa.gob.cl/articulo/establecen-requisitos-para-el-pastoreo-cordillerano-en-la-region-metropolitana/
dc.subject.etiquetaJuan Enrique Moya Suárez


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