Contraloría Regional Metropolitana de Santiago, Unidad de Auditoría 1 informe final Oficina de Estudios y Políticas Agrarias

Se observó que la ODEPA no cuenta con una adecuada segregación de funciones en el Subdepartamento de Contabilidad y Finanzas, toda vez que, por ejemplo, los analistas contables y presupuestarios, y la analista de remuneraciones, realizan diversas funciones, tales como, recepción de documentos, registros de gastos, verificar la pertinencia de los documentos y del gasto respectivo, emisión de comprobantes contables de devengo y de pago, efectuar los pagos y registrar los eventuales ingresos de custodia de documentos en garantía, realizar las conciliaciones bancarias y efectuar los compromisos explícitos en el sistema SIGFE 2.0. Al respecto, la entidad deberá impartir instrucciones en orden a establecer procedimientos de control en el citado Subdepartamento de Contabilidad y Finanzas, de tal manera que exista una adecuada separación de las funciones de quienes integran la Unidad, acreditando ello mediante el Sistema de Seguimiento y Apoyo CGR, en el plazo de 60 días hábiles, contado desde la recepción del presente informe.  Se constató que las resoluciones exentas que aprueban la ejecución de horas extraordinarias, tanto diurnas como nocturnas, a los funcionarios de la ODEPA, fueron dictadas extemporáneamente, esto es, con posterioridad a la realización de las mismas. El servicio deberá, en lo sucesivo, dar estricto cumplimiento a los procedimientos establecidos en la resolución exenta N° 117, de 2021, de esa entidad, de tal manera de impedir la reiteración del hecho observado.  Se observó la contratación de personas a honorarios para ejecutar labores habituales. Al respecto, la ODEPA deberá ceñirse a lo previsto en el artículo 11 de la ley N° 18.834 y adoptar las medidas pertinentes con el objeto de evitar la contratación de prestadores a honorarios para la ejecución de labores que, por sus características constituyan labores habituales, no circunscritas a cometidos específicos y permanentes en el tiempo.  Se verificó que las fechas de los informes de actividades realizadas que acreditan las labores ejercidas por los prestadores de servicios, en algunos casos, son anteriores o posteriores al plazo establecido en los convenios suscritos para la entrega de los mismos, ya sea mensual o trimestralmente. La entidad deberá ajustarse cabalmente a las exigencias de los convenios suscritos, de manera que, en lo sucesivo, los informes de ejecución de actividades sean presentados en la oportunidad convenida.

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Contraloría Regional Metropolitana de Santiago (2023-01-11) Contraloría Regional Metropolitana de Santiago, Unidad de Auditoría 1 informe final Oficina de Estudios y Políticas Agrarias [en línea].  (Consultado: ).
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