Decreto 20. Crea Consejo Asesor Ministerial denominado "Consejo Asesor Ministerial de Asociatividad Silvoagropecuaria". Fecha de Publicación: 29-ENE-2021. Fecha Promulgación: 23-DIC-2020.

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Issue Date:
2022-01-12
Subjects:
ASOCIATIVIDAD - LEGISLACION AGRARIA

Créase el "Consejo Asesor Ministerial de Asociatividad Silvoagropecuaria", en adelante, "el Consejo", cuyo objetivo general será asesorar al Ministro de Agricultura en la formulación, elaboración e implementación de políticas para el desarrollo de la asociatividad de la actividad agrícola, pecuaria y silvícola en Chile. Para el cumplimiento de su objeto, el Consejo Asesor deberá: a) Identificar y sugerir recomendaciones de políticas públicas, programas o planes para el desarrollo de la asociatividad en el sector silvoagropecuario. b) Identificar y sugerir mecanismos de colaboración efectiva entre los actores que forman parte del Consejo Asesor para la promoción y desarrollo de la asociatividad. c) Identificar y sugerir oportunidades de mejora en los instrumentos públicos y privados de incentivo asociativo existentes y en proceso de elaboración. d) Sugerir lineamientos para la proyección del trabajo desarrollado por el Consejo en el corto, mediano y largo plazo.

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Ministerio de Agricultura (2022-01-12) Decreto 20. Crea Consejo Asesor Ministerial denominado "Consejo Asesor Ministerial de Asociatividad Silvoagropecuaria". Fecha de Publicación: 29-ENE-2021. Fecha Promulgación: 23-DIC-2020. [en línea].  (Consultado: ).
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