Acerca de las transferencias del Estado a los privados

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Fecha de publicación:
2009-11-24
estudiosNoticias institucionales

Una de las formas en que se realiza la política pública es la entrega de recursos desde el Estado a personas que por algún argumento, socialmente aceptable, se hacen elegibles para recibir este beneficio. El Estado establece relaciones económicas con los ciudadanos tanto con los impuestos como con los subsidios. En el primer caso, extrayendo dinero bajo la forma de tributos que dan el sustento financiero al funcionamiento fiscal. Por su parte, los subsidios son la contracara de los impuestos. Este segundo caso se materializa, habitualmente, con la entrega de dinero a las personas por parte del Estado. Ambos son parte de la política fiscal. Aunque resulte conocido, no está de más recordar que la población financia al Estado para obtener bienes públicos. Estas transferencias o subsidios, en su sentido más fundamental, corresponden a un tipo de acción en que el Estado presta auxilio a personas que lo están necesitando y cuya situación empeoraría si no se les ayudara. Forma parte del sentido de responsabilidad social del Estado prestar estos apoyos. Cuando el Estado entrega servicios bajo la forma de bienes públicos, cumple su rol fundamental e indelegable y, para los fines de esta explicación, esta actividad es indiscutible. Por su parte, es completamente compartido entre los distintos agentes de la sociedad el rol normativo y orientador de las relaciones económicas que debe realizar el Estado. Esto es, debe actuar como factor de regulación en las relaciones sociales con contenido económico. De esta manera se llega a una primera conclusión, referida a que, en aquella actividad en que el Estado entrega recursos -bajo la forma de transferencia en dinero- debería quedar sujeto a una evaluación muy completa de ese proceso. La sociedad debe saber por qué lo hace, qué argumentos justifican la selección del beneficiario y cómo favorece al conjunto de la sociedad el hecho de que se realice esa entrega de recursos. Las transferencias en dinero a personas determinadas corresponden a un uso de los recursos del conjunto de los ciudadanos. Cuando se entrega dinero del sector público a una persona o sociedad u organización, se está haciendo una devolución parcial y específica de recursos (que, habitualmente, entraron al fisco bajo la forma de impuestos), que por definición, casi literal, tienen uso alternativo. Aunque sea redundante señalarlo, los subsidios son traspasos de dinero sin contraprestación de bienes o servicios. Una noción que se debe tener muy presente en las evaluaciones de las transferencias es que el dinero no se entrega a conceptos o a definiciones genéricas. Se entrega a ciertas personas o grupos de ellas, esto es, personas naturales o jurídicas, que tienen determinadas características. En el caso de los subsidios para paliar pobreza, que podrían formar parte de lo que se denomina asistencialismo, se registra el nombre de la persona, su RUT y se entrega el dinero, por ejemplo, usando la institucionalidad municipal. Pero se sabe que es una persona que cumple con la condición de pobre y se trata de verificar en directo tal característica. En cambio, la situación es distinta cuando la definición de las transferencias descansa en un concepto. No hay un subsidio para la agricultura, ni para los exportadores ni para los agricultores del sur, ni para lecheros o maiceros, o para el suelo, para mencionar fórmulas habituales del lenguaje. Hay subsidios para empresas con un RUT determinado, formadas por un número también definido de socios que acceden a su beneficio. Lo mismo cuando se trata de empresas forestales, sociedades de canalistas, grandes viñas o asociaciones gremiales que tienen a su vez representación política. Los subsidios son más claros aún cuando se entregan a personas naturales. Allí se conoce directamente qué ciudadano, que tiene tal RUT, se hizo merecedor del beneficio. Esta circunstancia es extremadamente importante, pues, en nombre de ideas generales aceptables, por ejemplo, política agrícola, o cerealera o de mantención del suelo, se puede estar haciendo entrega de recursos a beneficiarios que, cumpliendo con las condiciones establecidas en las normativas legales respectivas, claramente no cumplen con los principios o argumentos que dieron origen a estas políticas. En general se presentan varios argumentos para fundamentar la entrega de recursos bajo la forma de subsidios. Entre ellos se pueden mencionar: redistribución del ingreso, impulso a una industria naciente, restitución de capacidades de ciertos recursos naturales, reparación de injusticias realizadas por el Estado que han sido establecidas por Ley y auxilio ante emergencias o catástrofes naturales que afectan a las personas. Una argumentación indiscutida para este rol del Estado en la sociedad moderna se refiere a la necesidad de actuar como agente que mejore la distribución del ingreso. El mercado tiene un funcionamiento que, más allá de discrepancias muy válidas, hoy puede sostenerse que opera con mayor eficiencia en el ámbito de la asignación de recursos. No obstante, si no media una intervención del Estado, su propio funcionamiento conduce a la concentración de la propiedad y, consiguientemente, de los ingresos, repercutiendo en la desigualdad social y en el acceso a las oportunidades. Por esto, existe bastante acuerdo en que el Estado debe actuar en la redistribución de los ingresos. Puede ser a través de subsidios en dinero o generando condiciones para la inserción productiva de los sectores de más bajos ingresos en la economía. Otra área en que el Estado actúa transfiriendo recursos es en el desarrollo de la industria naciente. El propósito es aceptado cuando se trata de una actividad incipiente y cuando el beneficio social es claramente mayor que la apropiación privada de esos recursos públicos. La teoría del impulso estatal a la industrialización aún la sostienen muchos economistas y se fundamenta en la necesidad de crear valor agregado y empleo. No obstante, es discutible el impacto favorable de estas políticas, toda vez que provocan una distorsión en la formación de los precios y, consiguientemente, en la asignación de los recursos. Ambas posiciones forman un debate que requiere ser tratado con la debida profundidad. Sin embargo, aceptando que la idea de la intervención del Estado para conseguir un mayor valor agregado o para lograr un mayor empleo sigue formando parte del sentido común que anima a políticos y autoridades de gobierno, cabe sostener que este tipo de subsidios se deberían mantener sólo si el beneficio social es mayor que el traspaso de recursos escasos a empresarios que recibirán de parte de la sociedad un aporte al incremento de su patrimonio personal. Respecto a atenuar el deterioro de recursos naturales o respecto de emergencias, se puede afirmar que se trata de políticas que cuentan con un alto consenso social y que, más allá de la correcta fiscalización en su entrega y uso, no es del caso examinar con mayor profundidad. Finalmente, en relación con subsidios asociados a la reparación de injusticias culturales o políticas, el debate está abierto y en general los recursos se asignan de acuerdo con leyes aprobadas al efecto. Lo que importa destacar en todos estos casos es que se trata de recursos respecto de los cuales la sociedad debería expresar claramente su posición y corresponde que se discutan de manera relacionada y no aislados, pues concurren al mismo fondo fiscal para su financiamiento. La política consiste justamente en decidir las prioridades en que se asignan estos recursos.

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Aguilar Gorodecki, Alejandra (2009-11-24) Acerca de las transferencias del Estado a los privados [en línea].  (Consultado: ).
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