Sobre el contrato de trabajo especial para trabajadores agrícolas

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Fecha de publicación:
2011-03-04
estudiosNoticias institucionales

Nuestro Código del Trabajo considera la existencia de un (artículos 87 a 95 bis), . Este contrato especial rige para todos los trabajadores que laboren en el cultivo de la tierra y aquellos que desempeñen actividades agrícolas bajo órdenes de un empleador y que no pertenezcan a empresas comerciales o industriales derivadas de la agricultura. Se excluye a los trabajadores que se encuentran empleados en faenas agrícolas y que no laboren directamente en el cultivo de la tierra, que desempeñen labores administrativas, y a los que trabajen en aserraderos y plantas de explotación de madera, salvo que sean aserraderos móviles que se instalen para faenas temporales en las inmediaciones de los bosques en explotación. Corresponde a la inspección del trabajo calificar la calidad de trabajador agrícola en caso de duda.

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Aguilar Gorodecki, Alejandra (2011-03-04) Sobre el contrato de trabajo especial para trabajadores agrícolas [en línea].  (Consultado: ).
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