Salvaguardia a la fructosa
En el Diario Oficial del 30 de julio fue publicada la aplicación de 14% como salvaguardia provisional a la importación de fructosa, luego que el Ministerio de Hacienda aceptara la recomendación emanada por la Comisión Nacional de Distorsiones. El 2 de agosto, tanto defensores como detractores de la medida expondrán sus argumentos en una audiencia pública ante dicha Comisión, la que a más tardar el 8 de septiembre deberá establecer la medida como definitiva o revocarla, una vez que se cumplan los 90 días fijados para la investigación. De acuerdo a los agentes involucrados, mientras la medida sea de carácter provisorio, el alza impositiva no se traspasará a los precios de los productos finales que utilizan fructosa como insumo principal. El porcentaje de 14% es bastante inferior al solicitado originalmente por IANSA que alcanzaba a 51%. Si en la reunión del 8 de septiembre la Comisión de Distorsiones recomendara no aplicar como definitiva la salvaguardia, su vigencia provisoria regirá hasta febrero de 2003. En tanto, el Ministerio de Agricultura ha enfatizado que el proceso de aplicación de esta medida ha operado en el pleno marco de la institucionalidad, es decir, que han operado los requisitos establecidos en la ley. Por otro lado, el presidente de la Comisión de Hacienda del Senado ha reiterado la posición de que estas medidas sean de carácter muy transitorio, tal que no perturben el desarrollo exportador, esquema clave de la estrategia de crecimiento del país.
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- Autor(es):
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- 2002-06-28
- Autor(es):
- Aguilar Gorodecki, Alejandra
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- 2002-07-08
- Autor(es):
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