Planteamientos Ministerio de Agricultura.

SINTESIS DE LOS PLANTEAMIENTOS DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA DE CHILE CON RELACIÓN A ALGUNOS TEMAS PRINCIPALES DE LA PROXIMA RONDA DE NEGOCIACIONES 1. Introducción El Art. 20 del Acuerdo sobre la Agricultura de la OMC señala: " Reconociendo que el logro del objetivo a largo plazo de reducciones sustanciales y progresivas de la ayuda y la protección que se traduzcan en una reforma fundamental es un proceso continuo, los Miembros acuerdan que las negociaciones para proseguir ese proceso se inicien un año antes del término del período de aplicación…". Esto significa que las negociaciones deben iniciarse antes del término del año 1999. Las posiciones que el Ministerio de Agricultura propone sostener frente a los principales temas de negociación se resumen a continuación: 2. Acceso al mercado 2.1 Aranceles La negociación debe realizarse a partir del arancel consolidado vigente en el año 2000. La metodología para la reducción arancelaria debe basarse en la aplicación de una fórmula general de desgravación, lo que equivale a privilegiar una negociación multilateral global. Sin perjuicio de lo anterior, puede considerarse para un muy limitado número de productos una desgravación negociada caso a caso (negociaciones bilaterales que ulteriormente se multilateralizan, aplicando el principio de Nación Más Favorecida). Postulamos una reducción en cuatro años, aplicando un método del tipo propuesto por la Unión Europea. Este consiste en una reducción porcentual equivalente al arancel vigente cada año (por ejemplo, si el arancel es del 20% el primer año, éste se reduce un 20% quedando en 16%, luego ese 16% disminuye un 16% resultando 13,4%, así sucesivamente, hasta llegar al final del cuarto año a un arancel del 10,3%). Para el caso de los aranceles que superen el 50% la reducción inicial lleva el arancel vigente en el primer año a 25%, y luego se continúa aplicando el método de desgravación descrito. Este método de reducción arancelaria conduce a la eliminación de los peaks arancelarios, pues se obtendría un tope arancelario de 12,9% al final del cuarto año y, a su vez, elimina o reduce el escalonamiento arancelario en todos los casos. A fin de evitar que el proceso de desgravación arancelaria ya iniciado (1995-2000) se detenga, a partir del año 2001 y hasta que los compromisos resultantes de la nueva ronda de negociación entren en aplicación, proponemos que se extiendan los compromisos de desgravación con la misma tendencia acordada en Marrakech. Esto es, una desgravación promedio de 6% anual y una desgravación mínima por línea arancelaria de al menos 3% por año. 2.2 Contingentes Arancelarios Para los contingentes que se han utilizado en más de un 80% se plantea un aumento del contingente y la mantención del método de administración utilizado hasta el momento, u otro ampliamente aceptado. La tasa de aumento anual del contingente debiera ser al menos igual a la tasa de expansión promedio anual reciente del comercio internacional del producto afectado por el contingente. En los restantes contingentes, que han sido utilizados en menos del 80% como promedio en los últimos tres años, se sostiene la necesidad de su eliminación (abrir el contingente), manteniendo vigente para todas las importaciones un arancel no mayor que aquel que se aplicaba a las importaciones contingentadas. 2.3 Cláusulas de Salvaguardia Especial Eliminación de las cláusulas de salvaguardia especial, que jugaron un rol durante el período de transición 1995 – 2000, pero que para los próximos años no tienen ninguna justificación, a la luz de la experiencia del período de aplicación 2.4 Licencias de importación Análisis y revisión del Acuerdo de Licencias, sobre la posibilidad de constituirse en un obstáculo administrativo adicional al comercio. Ej. Las licencias otorgadas a las exportaciones de fruta de Chile por motivos estadísticos. 3. Medidas de ayuda interna Congelar la introducción de nuevas medidas de ayuda doméstica a la caja ámbar (MGA, art.6.1), salvo aquellas provenientes de la caja azul (art. 6.5). Continuar el proceso de reducción de la MGA al menos a un ritmo igual al previsto para el período 1995-2000. Establecer nuevas y más estrictas modalidades de reducción de la ayuda para aquellos productos en que los porcentajes de apoyo son mayores, sobre la base de compromisos producto por producto (6 dígitos). Estos compromisos globales y específicos por productos deben establecerse partiendo de los niveles de ayuda efectivamente otorgados a fines del 2000. En cualquier caso, la base de referencia no podrá ser superior a los niveles de ayuda comprometidos ("autorizados") en las respectivas listas nacionales para ese mismo año. Excluir de la ayuda permitida la caja azul, e incluirla en los compromisos de reducción. Definir más rigurosa y precisamente las medidas aceptables dentro de la Caja Verde (anexo 2 del Ac. Sobre Agricultura) a fin de reducir sus efectos distorsionantes del comercio y en la producción. Asegurar el cumplimiento completo y oportuno de las notificaciones en materia de ayuda interna, condición indispensable para asegurar la transparencia en el cumplimiento de los compromisos adquiridos. Estudiar la posibilidad de sanciones para los países que no cumplan estos compromisos de notificación. La Secretaría de la OMC debe tener la posibilidad – y la colaboración de los Gobiernos – para verificar en terreno las notificaciones. Reducción en 50% de los niveles permitidos de ayuda de minimis, es decir, 2,5% para los países desarrollados y 5% para los países en desarrollo. Obligatoriedad de notificar las ayudas que cumplen con el nivel de minimis y establecer un sistema de seguimiento y monitoreo a la acumulación de este tipo de ayuda. 4. Subsidios a las exportaciones Reducciones adicionales, que lleven a la eliminación y prohibición de los subsidios a las exportaciones, en línea con las reglas del GATT/OMC para los productos industriales para el año 2005. Estas reducciones deben contemplar nuevos compromisos más específicos y desagregados. (por producto a seis dígitos). Eliminar las disposiciones del tipo de las contenidas en el Art. 9.2.b. que permite acumular de año en año los montos no utilizados de subvenciones. Eliminar el tratamiento especial y diferenciado a favor de los países en desarrollo en materia de compromisos sobre subsidios a las exportaciones. Estos países deberán cumplir las mismas disciplinas y asumir compromisos del mismo tipo que los países desarrollados. Solo se excluyen de esos compromisos y disciplinas los países menos adelantados. 5. Otr os temas 5.1 Créditos a las Exportaciones Eliminar toda intervención gubernamental, asegurando que los créditos se rijan por las tasas de interés y las condiciones habituales de mercado y que no existan programas de seguros subvencionados. 5.2 Cláusula de Paz (art. 13) Eliminación de la cláusula de paz a partir del año 2003, tal como está previsto en el Acuerdo. No renovación a partir de esa fecha. 5.3 Trato Especial y Diferenciado para los países en desarrollo A fin de facilitar el establecimiento de un sistema de comercio agropecuario equitativo y orientado al mercado, Chile es participe de mantener un trato especial y diferenciado para los países en desarrollo para todos los compromisos que se adquieren, salvo para las subvenciones a las exportaciones. 5.4 Multifuncionalidad Se reconoce el carácter multifuncional de la agricultura (económico, social, medio ambiente), así como el de otros sectores económicos. Sin embargo, ello no debe utilizarse como excusa para mantener políticas de apoyo que distorsionen el comercio. Las políticas que se establezcan con relación a las preocupaciones no comerciales deben ser específicas, es decir, diseñadas para el objetivo particular que se busca, y deben ser transparentes, permitiendo una clara identificación de los mecanismos utilizados. En ningún caso dichas políticas podrán estar supeditadas al nivel de producción de bienes agropecuarios. 5.5 Biotecnología Chile le asigna una alta prioridad a la definición de las políticas comerciales relativas a los organismos genéticamente modificados. Sostenemos que ellos deben poder comercializarse sin barreras, salvo aquellas que legítimamente corresponda para proteger la salud de las personas y animales, la sanidad vegetal y el ecosistema. Chile está de acuerdo en mantener incentivos que impulsen la evolución tecnológica en este ámbito, cautelando adecuadamente la iniciativa intelectual. Sin embargo esta protección debe ser limitada en el tiempo a plazos razonables, de modo que se evite el establecimiento de monopolios tecnológicos en desmedro del mundo de menor desarrollo relativo. El comercio de los OGM debe regirse por las disciplinas establecidas en la OMC, y no por normas ad hoc definidas fuera de ella. Chile requiere la puesta en marcha de mecanismos de cooperación que apoye a los países menos desarrollados en la creación de sus propias capacidades en este ámbito.

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Oficina de Estudios y Políticas Agrarias (Odepa) (2003-11-19) Planteamientos Ministerio de Agricultura. [en línea].  (Consultado: ).
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Recursos relacionados

Política agraria, marzo 2011.
Autor(es):
Oficina de Estudios y Políticas Agrarias (Odepa)
Fecha de Publicación:
2011-03-30
Política agraria, mayo 2010.
Autor(es):
Oficina de Estudios y Políticas Agrarias (Odepa)
Fecha de Publicación:
2010-06-02